27 dic 2007

COMUNICADO ÓS MEDIOS : Non convocatoria do pleno ordinario

Pilar Díaz Otero, como portavoz do G.M. de E.U.-I.U., no Concello de Mugardos denuncia o incumplimento por parte da Alcaldía, do regulamento orgánico de funcionamento do Concello, no seu ártigo 64.1,que di:

“El ayuntamiento pleno celebrará sesión ordinaria en el día y hora que acuerde, como mínimo una vez al mes”.

E o incumplimento do acordo da sesión extraordinaria do concello pleno, celebrada o día 3 de xullo, do ano en curso, donde se aprobou, o seguinte:

“ A periodicidade das sesións ordinarias do Pleno da Corporación Municipal, será mensual, e as sesións celebranse o último venres, de cada mes, ás dezanove horas, agás nos meses de verán, que se celebraran ás vinte horas. Se o día de celebración, coincidise cun día festivo, celebraranse o primeiro día hábil anteior”.

A día de hoxe, non temos coñecemento de que o Alcalde delegara as súas responsabilidades, e aínda que así fose non hai ningunha razón para non cumplir os acordos e convocar o pleno ordinario, tal e como esta fixado.

Polo tanto, urximos ó Alcalde para que na maior brevidade de tempo posible, rectifique o non cumplimento dos acordo e convoque o citado pleno, que debería ter lugar o día 28 de decembro, ás 19,00h.

E.U.-I.U., pode entender que o interese da Alcaldía non sexa convocar a sesión ordinaria do concello pleno, o día 28 de decembro, pero por encima dos intereses políticos e persoais da Alcaldía, esta o cumpliemnto dos acordos dos que todos nos dotamos.

A situación actual, na que o Alcalde deixa pudrir as situacións referentes á suposta trama urbanística e a súa situación como imputado por prevaricación, non pode ser o fondo argumental de que non convoque o concello pleno, ó que E.U.-I.U. presentara duas mocións para tratar sobre a situación dos traballadores do Concello afectados pola suposta trama, na que se solicita para ambos a suspensión provisional de seis meses e a revocación do acordo do ano 97, sobre a compatibilidade da aparelladora municipal para traballar fora do horario en outros concellos.


Mugardos, 27 de decembro de 2007


Portavoz do G.M. de E.U.-I.U.


Asdo. Pilar Díaz Otero

6 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Acordos? ¿Qué acordos? Eu non sei nada...

Anónimo dijo...

Porque EU no quiso estar en la comision de investigacion" sera que tiene algo que ocultar.
Si tan pulcros son que explique Pilar que interes tenia su partido en que en la oficina de rehabilitacion del Ayuntamiento estubiera Yolanda y Tomas,tenia que pagarle algun favor.
Es compatible lo que esta haciendo Yolanda y Tomas delante de sus narizes( o es que no le interesa verlo)
Espero que nos aclare esto con el mismo interes que aclara otras cosas gracias

Anónimo dijo...

Pilar muy acertadamente no quiso participar en ese "ridículo paripé" y los úcicos que parece que quieren ocultar algo son los patrocinadores y componentes de dicha comisión de investigación puesto que transcurridos más de tres meses de su creación nada nos han contado.

Anónimo dijo...

Tambien es paripe la denuncia contra Yolanda y Tomas,porque no sale Pilar a esplicar esta situacion como salio en todos los medios de comunicacion, y haciendo asambleas en todas las parroquias,como en el caso Virgi, ella que sabe todo lo que esta mal en este concello.
Porque se fue el PSo-PSG de la comision de investigacion" la propuesta de investigar desde el año 2000 no le convence" o tienen algo que ocultar

Anónimo dijo...

El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Ferrol ha acordado por auto de 19 de junio la nulidad de todas las actuaciones practicadas a partir del auto de 15 de junio de 2007, es decir, desde el momento mismo de la incoación de las diligencias judiciales de la llamada “Operación VIRGIN”, operación policial con la que se estrenó la nueva unidad especializada en delitos urbanísticos y que saltó a la opinión pública en el mes de diciembre de 2007 con la detención de la aparejadora municipal de Mugardos, uno de los Policías Locales de la localidad y los hermanos Pedro y Xulia Cortizas, administradores de la sociedad XCALE SL con la que se contrataron distintos proyectos urbanísticos desde el consistorio.

Indica la resolución del juez instructor, tras achacar a la querella presentada por el Ministerio Fiscal de falta “de claridad y precisión […] todo ello, como señala la defensa de Ovidio Torrente expuesto de manera caótica, inarticulada y sin el más apoyo fáctico” que la decisión judicial de autorizar las escuchas telefónicas -que se trata de una afectación al derecho fundamental al secreto de las comunicaciones (art. 18.3 de la Constitución Española)- que el auto de 15 de junio de 2007 por el que se admite a trámite la querella es “nulo en la medida en que restringe de forma desproporcionada, no motivada e innecesaria el derecho fundamental de los imputados en las presentes diligencias” –se refiere a Pedro Cortizas, Julia Cortizas y Carmen Piñeiro, inicialmente querellados, posteriormente se amplió la investigación al Alcalde de Mugardos y a otros funcionarios y constructores-. La nulidad se acuerda en aplicación de la doctrina conocida como “frutos del árbol envenado” que determina la nulidad de todas las actuaciones que tienen su fundamento en la resolución originaria declarada nula.

En la práctica, la nulidad acordada supone iniciar desde el principio la investigación de los hechos denunciados por el Ministerio Fiscal, sin que se puedan utilizar las averiguaciones obtenidas en las escuchas que se declaran ilegales, como tampoco los documentos obtenidos en los registros policiales efectuados en la Inmobiliaria XESVEN, el estudio de arquitectura XCALE o el domicilio de la aparejadora municipal, siendo igualmente nulas las detenciones acordadas en diciembre de 2007.

Por los imputados afectados se ha manifestado su inmensa alegría por una resolución justa que reconoce el atropello sufrido y se lamentan de los daños irreparables sufridos por la publicidad dada a unas actuaciones policiales que se han demostrado ilegales, insistiendo en que tras dos años de operación “Virgin” no se ha demostrado ninguna irregularidad cometida, como implícitamente reconoce el juzgado en su reproche al Fiscal.

Anónimo dijo...

El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Ferrol ha acordado por auto de 19 de junio la nulidad de todas las actuaciones practicadas a partir del auto de 15 de junio de 2007, es decir, desde el momento mismo de la incoación de las diligencias judiciales de la llamada “Operación VIRGIN”, operación policial con la que se estrenó la nueva unidad especializada en delitos urbanísticos y que saltó a la opinión pública en el mes de diciembre de 2007 con la detención de la aparejadora municipal de Mugardos, uno de los Policías Locales de la localidad y los hermanos Pedro y Xulia Cortizas, administradores de la sociedad XCALE SL con la que se contrataron distintos proyectos urbanísticos desde el consistorio.

Indica la resolución del juez instructor, tras achacar a la querella presentada por el Ministerio Fiscal de falta “de claridad y precisión […] todo ello, como señala la defensa de Ovidio Torrente expuesto de manera caótica, inarticulada y sin el más apoyo fáctico” que la decisión judicial de autorizar las escuchas telefónicas -que se trata de una afectación al derecho fundamental al secreto de las comunicaciones (art. 18.3 de la Constitución Española)- que el auto de 15 de junio de 2007 por el que se admite a trámite la querella es “nulo en la medida en que restringe de forma desproporcionada, no motivada e innecesaria el derecho fundamental de los imputados en las presentes diligencias” –se refiere a Pedro Cortizas, Julia Cortizas y Carmen Piñeiro, inicialmente querellados, posteriormente se amplió la investigación al Alcalde de Mugardos y a otros funcionarios y constructores-. La nulidad se acuerda en aplicación de la doctrina conocida como “frutos del árbol envenado” que determina la nulidad de todas las actuaciones que tienen su fundamento en la resolución originaria declarada nula.

En la práctica, la nulidad acordada supone iniciar desde el principio la investigación de los hechos denunciados por el Ministerio Fiscal, sin que se puedan utilizar las averiguaciones obtenidas en las escuchas que se declaran ilegales, como tampoco los documentos obtenidos en los registros policiales efectuados en la Inmobiliaria XESVEN, el estudio de arquitectura XCALE o el domicilio de la aparejadora municipal, siendo igualmente nulas las detenciones acordadas en diciembre de 2007.

Por los imputados afectados se ha manifestado su inmensa alegría por una resolución justa que reconoce el atropello sufrido y se lamentan de los daños irreparables sufridos por la publicidad dada a unas actuaciones policiales que se han demostrado ilegales, insistiendo en que tras dos años de operación “Virgin” no se ha demostrado ninguna irregularidad cometida, como implícitamente reconoce el juzgado en su reproche al Fiscal.